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(SUR) TAVI reemplazo valvular aórtico percutáneo
https://riskcalc.sts.org/stswebriskcalc/calculate
https://www.rccc.eu/ppc/calculadoras/euroescores.html
Sistema Orgánico Funcional: Cardiovascular Central y Periférico
Afección de la salud: Enfermedad Cardiovascular Central
Patología: Estenosis Aórtica
Tecnología: Válvula Aórtica Protésica para implante Percutáneo
Reemplazo valvular aórtico percutáneo (RVAP) es un procedimiento que consiste en la sustitución de la válvula aórtica nativa por una prótesis acoplada o no, a un stent, que se coloca percutáneamente a través de vía transarterial o transapical.
Fundamento diagnóstico: Ecocardiograma transesofágico, Ecodoppler color, Ergometría (si corresponde), Estudio de perfusión miocárdica (si corresponde), Estudio Hemodinámico (si corresponde).
Determinación del riesgo quirúrgico por STS o Euroscore Logístico.
Fundamento terapéutico: Pacientes con estenosis aórtica severa, sintomática, que no puedan someterse a un reemplazo valvular convencional, debido a un elevado riesgo quirúrgico (STS>10 % o Euroscore logístico >20%), o pacientes en los cuales el reemplazo valvular aórtico convencional se encuentre contraindicado por un equipo quirúrgico. Los pacientes deben tener las siguientes condiciones: a) anillo aórtico entre 18 y 29 mm; b) expectativa de vida mayor a 1 año (ausencia de enfermedades terminales o severas sin posibilidad de curación); c) no presentar trombos en ventrículo izquierdo, endocarditis ni condiciones con alto riesgo de obstrucción del ostium coronario; d) no presentar válvula aórtica bicúspide; e) fracción de eyección mayor al 20%.
Documentación médica específica a presentar para el reintegro:
• Historia Clínica con detalle del diagnóstico, estadio evolutivo y requerimiento de reemplazo valvular aórtico con firma del profesional interviniente y del Auditor Médico del Agente del Seguro de Salud.
• Estudios complementarios que avalen la indicación (ver Fundamento diagnóstico), con firma del profesional interviniente y del Auditor Médico del Agente del Seguro de Salud.
• Consentimiento informado.
• Protocolo quirúrgico con firma del profesional interviniente y del Auditor Médico del Agente del Seguro de Salud.
• Fundamentación médica del uso de la tecnología sobre la cual se solicita el reintegro con detalle del parte quirúrgico y evolución postoperatoria, firmada y sellada por profesional tratante y avalada, además, por el Auditor Médico del Agente del Seguro de Salud, con firma y sello.
• Aprobación por parte del Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes. Información a aportar para el Sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergentes:
Información de efectividad:
Mortalidad periprocedimiento
Mortalidad dentro de los 30 días
Tiempo de sobrevida
Capacidad funcional o calidad de vida
Información de seguridad (Informar si el evento ocurrió o no, adjuntando documentación respaldatoria. De producirse otros efectos adversos de importancia, los mismos deben ser notificados)
Complicaciones periprocedimiento
Mal posicionamiento del dispositivo
Necesidad de Colocación de marcapasos
Bloqueo AV completo
Accidente cerebrovascular
Evalución de tecnología sanitaria https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/07-informe-implante-valvula-aortica-1.pdf
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Preguntado: 20/7/22 00:15 |
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Última actualización: 26/3/23 06:01 |